NUEVA LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN

Entrada en vigor de la nueva Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

El 14 de julio entró en vigor esta ley que nace con un doble objetivo: prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación y proteger de manera efectiva a las víctimas en todos los ámbitos de la sociedad (educativo, sanitario, cultural, laboral…).

Para ello regula derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, establece principios de actuación de los poderes públicos y prevé medidas destinadas a prevenir, eliminar, y corregir toda forma de discriminación, directa o indirecta, en los sectores público y privado.

 

 

Ámbito de aplicación
  • Empleo, por cuenta ajena y por cuenta propia, que comprende el acceso, las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, la promoción profesional y la formación para el empleo.
  • Acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público.
  • Afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico.
  • Educación.
  • Sanidad.
  • Transporte.
  • Cultura.
  • Seguridad ciudadana.
  • Administración de Justicia.
  • La protección social, las prestaciones y los servicios sociales.
  • Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda, que se ofrezcan fuera del ámbito de la vida privada y familiar.
  • Acceso y permanencia en establecimientos o espacios abiertos al público, así como el uso de la vía pública y estancia en la misma.
  • Publicidad, medios de comunicación y servicios de la sociedad de la información.
  • Internet, redes sociales y aplicaciones móviles.
  • Actividades deportivas, de acuerdo con la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  • Inteligencia Artificial y gestión masiva de datos, así como otras esferas de análoga significación.

 

Principales novedades en trabajo por cuenta ajena
  • Creación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, que preste asistencia a las personas afectadas y promueva fórmulas de medicación y conciliación entre las partes.
  • Se introduce como motivos de discriminación los de enfermedad o condición de salud, el estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos como posibles causas de discriminación, además de otros factores como la edad, la expresión de género, la lengua o la situación socioeconómica, manteniendo la cláusula de cierre del art. 14 de la Constitución Española (“cualquier otra circunstancia personal o social”). 
  • El texto mejora las definiciones de discriminación directa, indirecta y medidas de acción positiva, y se incorporan por primera vez al ordenamiento jurídico español las definiciones de:
    • discriminación por asociación y discriminación por error
    • discriminación múltiple
    • acoso discriminatorio
    • inducción, orden o instrucción de discriminar
    • represalia
    • diferencia de trato no discriminatoria: cláusula de salvaguardia para aquellas diferencias objetivas, legítimas y adecuadas derivadas de disposición, acto, criterio o práctica.
  • Establece el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, como el empleo, la salud, la educación, los servicios sociales o los medios de comunicación social, entre otros
  • Por vía reglamentaria, se podrá exigir a las empresas de más de 250 personas trabajadoras que publiquen la información salarial necesaria para analizar los factores de las diferencias salariales teniendo en cuenta las causas de discriminación citadas en la Ley (origen racial o étnico, sexo, religión, edad, discapacidad, enfermedad o condición de salud, la orientación o la identidad sexual…).
  • La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) incluirá en su plan anual integrado de actuación, con carácter de objetivo de alcance general, el desarrollo de planes específicos sobre igualdad de trato y no discriminación en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo.

 

Régimen sancionador

Las infracciones establecidas en la presente ley serán sancionadas con multas que irán de 300 a 500.000 euros, de acuerdo con la siguiente graduación:

  • Infracciones leves entre 300 y 10.000 euros.
  • Infracciones graves entre 10.001 y 40.000 euros.
  • Infracciones muy graves entre 40.001 y 500.000 euros.

 

Acceso Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación