ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2023-2027

El 28 de abril se publicó en el BOE la Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.

Se trata de un instrumento de referencia para el desarrollo y mejora de las políticas de prevención de riesgos laborales, nacido en el seno del Diálogo Social, con el consenso entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, patronal y sindicatos.

La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023 – 2027 pretende ser un nuevo marco de referencia que oriente las políticas públicas de prevención de riesgos laborales.

Sus líneas de actuación configuradas en torno a seis objetivos estratégicos, también se han alineado con otras estrategias y planes nacionales en materias fundamentales como la igualdad de mujeres y hombres (Objetivo estratégico 5 “Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo”).

Con la finalidad de conseguir la integración de la perspectiva de género en la gestión preventiva, se persigue incorporarla en los procesos de evaluación de riesgos y en los estudios sobre las condiciones de seguridad laboral, facilitar la adopción de medidas preventivas más eficaces y visibilizar riesgos que pudieran no valorarse lo suficiente e incluso no ser tenidos en cuenta, tanto en actividades feminizadas como masculinizadas.

En los últimos años se viene produciendo una significativa incorporación de la mujer en prácticamente todos los sectores de actividad. En el año 2000, la mujer representaba el 38 % de la población ocupada, situándose en 2020 en el 46 %.

El análisis global de los accidentes de trabajo pone de manifiesto que los hombres se accidentan más que las mujeres, duplicando los índices de incidencia. En concreto en 2020, los varones presentaron un índice de incidencia de accidentes de trabajo 2,2 veces superior al de las mujeres.

Sin embargo, existen evidencias que reflejan que la incidencia de accidentes de trabajo es superior en las mujeres que en los hombres en determinadas ocupaciones o actividades, y que tienen mayor riesgo de sufrir determinados daños en la salud asociados a condiciones de trabajo concretas. Entre estas actividades se encuentran los servicios financieros, seguros, industria del tabaco, asistencia en establecimientos residenciales, educación y actividades de servicios sociales sin alojamiento.

Aunque se observan diferencias desagregando los datos por género, poco se ha avanzado en el conocimiento de las causas que las motivan (diferencia de roles en cuanto a la asignación de puestos de trabajo, mayor o menor concienciación sobre los riesgos, factores biológicos, desequilibrios en el trabajo doméstico, etc.).

Esta Estrategia tiene como prioridad promover la integración de la perspectiva de género, desde un enfoque transversal e integral en el conjunto de políticas preventivas, implicando para ello a todos los agentes involucrados en la mejora de la prevención de riesgos laborales, tanto en el ámbito institucional como en la empresa, poniendo el foco especialmente en la protección de los colectivos más vulnerables.

Para conseguir una plena integración de la perspectiva de género en la gestión preventiva establece las siguientes líneas de actuación:

  1. Revisión del marco normativo para integrar la perspectiva de género.

Actualizar el marco normativo para incorporar la perspectiva de género en las actuaciones preventivas, promoviendo la eliminación de desigualdades entre hombres y mujeres en el conjunto de políticas públicas.

  1. Diferenciación de género en los procesos de toma de datos y análisis de la información de las condiciones de trabajo y salud y en los estudios en esta materia

Impulsar la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de toma y análisis de información, así como en los estudios de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para mejorar el conocimiento de la exposición a riesgos laborales y daños a la salud de las mujeres.

  1. Incorporación de manera transversal de la perspectiva de género en la gestión de la prevención de riesgos laborales.

Promover la integración de la perspectiva de género en todas las disciplinas preventivas, al evaluar los riesgos y establecer prioridades de actuación.

Contempla el desarrollo de criterios, guías o herramientas para ayudar a las empresas a integrar la perspectiva de género en la gestión de los riesgos, en especial en las evaluaciones y medidas preventivas, incluyendo la violencia sexual de conformidad con la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, así como la incorporación de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad.

  1. Actuaciones de sensibilización sobre la necesidad de integrar la perspectiva de género de manera transversal en las políticas preventivas.

Impulsar la acción sobre los riesgos específicos de género, con especial atención a las actividades feminizadas.

  1. Actuaciones de vigilancia y control.

Sensibilizar sobre la necesidad de integrar la perspectiva de género de forma real y efectiva.

Incluye campañas de inspección en sectores y actividades especialmente feminizadas, así como actuaciones dirigidas a la vigilancia y control de la obligación de disponer de protocolos de prevención abordaje del acoso sexual y por razón de sexo.

Descargar EESST 2023-2027

LA PERSPECTIVA DE GÉNERO, ESENCIAL EN LA RESPUESTA A LA COVID-19

El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades ha publicado un informe en el que se pretende dar a conocer el alcance del impacto de género que está produciendo la pandemia por COVID, que afecta de manera diferente a hombres y mujeres por las propias características de la misma.

Los principales factores que incrementan el impacto de esta crisis sobre las mujeres son los relacionados con temas sanitarios, sociales y económicos, poniendo de manifiesto el mayor peso que soportan en todos los ámbitos:

  • Sobrecarga del trabajo sanitario y de servicios esenciales: las mujeres representan el 70% del personal sanitario en todo el mundo y son también mayoría en el sector comercio alimentario, servicios de limpieza hospitalaria y de atención en residencia de mayores. Se está viendo incrementada tanto su carga de trabajo como su porcentaje de riesgo de contagio.
  • Centralidad de las tareas de cuidados: el trabajo doméstico y el cuidado de personas dependientes se realiza en su mayor parte por mujeres, a lo que se ha sumado tener que hacer frente del cuidado de los hijos junto con el seguimiento de las tareas escolares por encontrarse cerrados los centros educativos. Además, hay que tener en cuenta que en aquellos casos en que se implementa el teletrabajo se debe atender al principio de corresponsabilidad.
  • Las mujeres sufren mayor precariedad y pobreza laboral. Esta circunstancia las coloca en una posición de desventaja a la hora de afrontar el periodo de crisis originado por la pandemia. Sectores como el comercio, turismo y hostelería tienen una alta presencia femenina, y son a su vez alguno de los más afectados.
  • Aumento del riesgo de violencia de género y otros tipos de violencia contra las mujeres derivado de la situación de confinamiento y de la situación forzosa de convivir con sus agresores que ello conlleva. El informe presenta el Plan de contingencia contra la violencia de género puesto en marcha por el Ministerio de Igualdad.

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