DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA. CONVOCATORIA 2024

El Instituto de las Mujeres ha publicado la convocatoria del distintivo “Igualdad en la Empresa” correspondiente al año 2024 (Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre).

Se trata de un distintivo empresarial en materia de igualdad que otorga el Ministerio de Igualdad desde el año 2010 a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL DISTINTIVO?

Cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español. Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las administraciones públicas.

El distintivo «Igualdad en la empresa» (DIE) es accesible para cualquier empresa de cualquier sector, actividad y tamaño.

Alguno de los requisitos que deben cumplir las empresas o entidades candidatas son:

Entidades o empresas obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad

  • Tener vigente y registrado un plan de igualdad, que incluya una auditoria retributiva, conforme a la normativa aplicable.
  • Haber realizado el correspondiente informe de seguimiento del plan de igualdad, durante un periodo mínimo de dos años.
  • Las sociedades que no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada y que cuenten con consejo de administración, deberán contar con una presencia mínima de mujeres en su consejo de administración del 30%.

Entidades o empresas no obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad

  • Tener medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, o, en su caso, contar con un plan de igualdad voluntario.
  • Haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de dos años.

 

PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

Las empresas o entidades interesadas deben presentar su candidatura a través de la sede electrónica del Ministerio de Igualdad  https://igualdad.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/1985/ida/3727/.

Los modelos normalizados de los anexos estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad, anteriormente citada, y en el sitio web del Instituto de las Mujeres http://www.igualdadenlaempresa.es/DIE/convocatorias/home.htm .

También podrán ser facilitados por el Instituto de las Mujeres previa petición al correo electrónico distintivoie@inmujeres.es.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

La fecha de finalización de presentación de candidaturas es el 14 de octubre de 2024.

 

VIGENCIA DEL DISTINTIVO

La concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” tiene una vigencia inicial de cinco años con la posibilidad de solicitar una prórroga del mismo.

Durante este periodo las empresas o entidades podrán utilizar el distintivo como parte de su tráfico comercial y publicidad; además se integrarán en la Red DIE, dirigida a potenciar el intercambio de buenas prácticas y experiencias en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y su difusión a toda la sociedad.

 

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NUEVA EDICIÓN ESCUELA VIRTUAL DE IGUALDAD (EVI)

Arranca la 13ª edición de la formación online en igualdad ofertada por la Escuela Virtual de Igualdad (EVI) del Instituto de las Mujeres.

La EVI es un espacio digital de formación dirigido a fomentar la igualdad de género a través de acciones formativas gratuitas enmarcadas en diferentes ámbitos.

Para ello pone a disposición de las personas interesadas dos niveles de formación: básico con 40 horas de duración y avanzado con 75 horas.

Este es el listado de cursos disponibles:

NIVEL BÁSICO

 

NIVEL AVANZADO

Las plazas serán cubiertas orden de inscripción, admitiéndose la matrícula en un curso por cada edición.

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FORMACIÓN EN MATERIA DEL IGUALDAD – IAM

A partir del 3 de septiembre se abre el periodo de inscripción a las formaciones gratuitas del Instituto Aragonés de la Mujer (IAM).

Se trata de 12 talleres formativos diseñados en formato de aula virtual que están englobados en las siguientes áreas:

  • Orientación y Empleo
    • Gestión de herramientas digitales básicas para el empleo.
    • Los imprescindibles en la búsqueda activa de empleo.
    • El poder de la marca personal y la reputación on line.
  • Igualdad en la Empresa.
    • Elaboración y aplicación del protocolo de acoso sexual o por razón de sexo en una organización.
    • Claves para la elaboración del plan de igualdad en una empresa.
    • Comunicación corporativa en al empresa con enfoque de género.
  • Digital
    • Iníciate en el diseño gráfico: utiliza CANVA en tu negocio
    • Trello: herramienta digital para la gestión de proyectos y tareas
    • Uso de la inteligencia artificial en el emprendimiento.
  • Emprendimiento
    • Taller de trámites y formas jurídicas para emprender
    • Cómo motivar a la líder que llevas dentro. Tips para emprendedoras.
    • Plan de Negocio. Financiación y Plan de viabilidad.

Las inscripciones podrán realizarse a través del portal del IAM www.iamformacion.es.

LEY ORGÁNICA 2/2024 DE REPRESENTACIÓN PARITARIA Y PRESENCIA EQUILIBRADA DE MUJERES Y HOMBRES

El 2 de agosto se publicó en el BOE la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.

A los efectos de esta ley se entiende por representación paritaria y presencia equilibrada entre mujeres y hombres aquella situación en la que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento en un ámbito determinado.

Podrá no aplicarse el criterio de representación paritaria y presencia equilibrada entre mujeres y hombres, en consonancia con el principio de acción positiva, cuando exista una representación de mujeres superior al sesenta por ciento que deberá, en todo caso, justificarse.

Esta nueva Ley introduce importantes modificaciones, principalmente en los ámbitos decisorios de la vida política y económica:

  • Se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Así, las candidaturas que se presenten para las elecciones de diputados y diputadas al Congreso, municipales, de miembros de los consejos insulares y de los cabildos insulares, diputados y diputadas al Parlamento Europeo y miembros de las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas y Juntas Generales de los Territorios Históricos vascos deberán tener una composición paritaria de mujeres y hombres, integrándose las listas por personas de uno y otro sexo ordenados de forma alternativa (listas cremallera).
  • Con el fin de garantizar legalmente la composición equilibrada de mujeres y hombres en los órganos constitucionales y de relevancia constitucional, introduce modificaciones en las leyes orgánicas reguladoras de los mismos (Tribunal Constitucional, Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas, Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial).
  • También se modifica la Ley 50/1997 para garantizar la composición equilibrada de mujeres y hombres entre las personas titulares de las Vicepresidencias y Ministerios.
  • Las entidades de interés público que cuenten con más de 250 personas trabajadoras o una cifra anual de negocios que supere los 50 millones de euros, o un activo superior a 43 millones de euros deberán tener una composición acorde con el principio de paridad.
  • Añade una nueva disposición a la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, regulando de este modo el acceso a la profesión de agente de igualdad.
  • Contempla también modificaciones en otras normativas, entre ellas, la Ley Orgánica de Libertad Sindical; la Ley del Estatuto de los Trabajadores o la Ley 5/2011 de Economía Social, para garantizar el principio de representación paritaria entre hombres y mujeres.

En lo relativo a plazos, establece un periodo de cinco años desde su entrada en vigor para su implementación en los diferentes ámbitos, contando con las siguientes fases:

  • Compañías del Ibex 35: hasta el 30 de junio de 2026.
  • El resto de sociedades cotizadas: hasta el 30 de junio de 2027.
  • Colegios Profesionales: hasta el 30 de junio de 2029.
  • Consejos de Administración de las entidades de interés público: tendrán de plazo hasta el 30 de junio de 2026 para alcanzar un porcentaje del 33% de representación femenina, debiendo alcanzar el 40% del sexo menos representado el 30 junio de 2029.
  • Sindicatos, asociaciones empresariales, fundaciones, organizaciones del Tercer Sector de acción social y entidades de la economía social: deberán cumplir con las previsiones de paridad a partir del 30 de junio de 2028.

 

La Ley Orgánica 2/2024 entró en vigor el 22 de agosto.

 

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