Categoría: Actualidad normativa

  • NUEVA LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN

    Entrada en vigor de la nueva Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

    El 14 de julio entró en vigor esta ley que nace con un doble objetivo: prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación y proteger de manera efectiva a las víctimas en todos los ámbitos de la sociedad (educativo, sanitario, cultural, laboral…).

    Para ello regula derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, establece principios de actuación de los poderes públicos y prevé medidas destinadas a prevenir, eliminar, y corregir toda forma de discriminación, directa o indirecta, en los sectores público y privado.

     

     

    Ámbito de aplicación
    • Empleo, por cuenta ajena y por cuenta propia, que comprende el acceso, las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, la promoción profesional y la formación para el empleo.
    • Acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público.
    • Afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico.
    • Educación.
    • Sanidad.
    • Transporte.
    • Cultura.
    • Seguridad ciudadana.
    • Administración de Justicia.
    • La protección social, las prestaciones y los servicios sociales.
    • Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda, que se ofrezcan fuera del ámbito de la vida privada y familiar.
    • Acceso y permanencia en establecimientos o espacios abiertos al público, así como el uso de la vía pública y estancia en la misma.
    • Publicidad, medios de comunicación y servicios de la sociedad de la información.
    • Internet, redes sociales y aplicaciones móviles.
    • Actividades deportivas, de acuerdo con la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
    • Inteligencia Artificial y gestión masiva de datos, así como otras esferas de análoga significación.

     

    Principales novedades en trabajo por cuenta ajena
    • Creación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, que preste asistencia a las personas afectadas y promueva fórmulas de medicación y conciliación entre las partes.
    • Se introduce como motivos de discriminación los de enfermedad o condición de salud, el estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos como posibles causas de discriminación, además de otros factores como la edad, la expresión de género, la lengua o la situación socioeconómica, manteniendo la cláusula de cierre del art. 14 de la Constitución Española (“cualquier otra circunstancia personal o social”). 
    • El texto mejora las definiciones de discriminación directa, indirecta y medidas de acción positiva, y se incorporan por primera vez al ordenamiento jurídico español las definiciones de:
      • discriminación por asociación y discriminación por error
      • discriminación múltiple
      • acoso discriminatorio
      • inducción, orden o instrucción de discriminar
      • represalia
      • diferencia de trato no discriminatoria: cláusula de salvaguardia para aquellas diferencias objetivas, legítimas y adecuadas derivadas de disposición, acto, criterio o práctica.
    • Establece el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, como el empleo, la salud, la educación, los servicios sociales o los medios de comunicación social, entre otros
    • Por vía reglamentaria, se podrá exigir a las empresas de más de 250 personas trabajadoras que publiquen la información salarial necesaria para analizar los factores de las diferencias salariales teniendo en cuenta las causas de discriminación citadas en la Ley (origen racial o étnico, sexo, religión, edad, discapacidad, enfermedad o condición de salud, la orientación o la identidad sexual…).
    • La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) incluirá en su plan anual integrado de actuación, con carácter de objetivo de alcance general, el desarrollo de planes específicos sobre igualdad de trato y no discriminación en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo.

     

    Régimen sancionador

    Las infracciones establecidas en la presente ley serán sancionadas con multas que irán de 300 a 500.000 euros, de acuerdo con la siguiente graduación:

    • Infracciones leves entre 300 y 10.000 euros.
    • Infracciones graves entre 10.001 y 40.000 euros.
    • Infracciones muy graves entre 40.001 y 500.000 euros.

     

    Acceso Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación

  • RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS SOBRE TRABAJO A DOMICILIO Y SOBRE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO

    España ha ratificado los convenios de la Organización Internacional de Trabajo 177 sobre trabajo a domicilio y 190 sobre violencia y acoso.

    Convenio 177

    El Convenio 177 sobre el trabajo a domicilio, adoptado en 1996, establece una normativa para mejorar las condiciones de las personas trabajadoras a domicilio, en auge con la extensión del teletrabajo.

    En nuestro país entrará en vigor doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación.

    Este convenio, en palabras de la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, materializa la igualdad entre las personas trabajadoras a domicilio y el resto de personas asalariadas, sin que el lugar de prestación de trabajo suponga una discriminación en el disfrute de derechos laborales básicos.

     

    Convenio 190

    El Convenio 190 sobre la violencia y el acoso, adoptado en 2019, tiene como objetivo explícito la erradicación de la violencia y el acoso «en el mundo del trabajo», un término amplio que abarca situaciones y colectivos que van más allá de la relación laboral.

    Este convenio ofrece por primera vez a nivel internacional una protección contra la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que es transversal y con perspectiva de género.

     

    La ratificación de estos convenios son un reflejo del compromiso de España con la OIT.

  • NUEVA HERRAMIENTA DE VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

    Ya está a disposición de todas las empresas la Herramienta de Valoración de Puestos de Trabajo, creada con el objetivo de identificar y visibilizar las diferencias retributivas entre mujeres y hombres.

     

     

    Elaborada en una mesa de diálogo social por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, por el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y con la colaboración de personas expertas, esta herramienta, de carácter gratuito, facilita el cumplimiento de las obligaciones legales de las empresas.

    Junto a su guía de uso, da cumplimiento al mandato previsto en la disposición final primera del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, de facilitar un modelo voluntario del procedimiento para realizar esta valoración.

    La valoración de puestos de trabajo es necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones de las empresas que elaboren planes de igualdad de realizar una auditoría retributiva como parte del diagnóstico del mismo y de recoger en su registro retributivo adicionalmente la media aritmética y la mediana de las percepciones salariales de los puestos de trabajo de igual valor.

    El procedimiento propuesto requiere determinar todos los puestos de trabajo presentes en la plantilla de la empresa y evaluar para cada uno de ellos la totalidad de los factores que se han incluido en la herramienta conforme a una escala.

    Una vez completados todos los datos, la herramienta presenta de manera automática una puntuación numérica con el valor para cada puesto.

    La utilización de esta herramienta va a permitir:

    • Identificar las diferencias y discriminaciones en las retribuciones.
    • Prevenir sesgos de género por la utilización incorrecta del método de valoración.
    • Corregir la política de personal y retributiva de la empresa.
    • Servir como base a las comisiones negociadoras de los convenios colectivos.

     

    Herramienta de Valoración de Puestos de Trabajo (Guía y Herramienta)

    Nota de Prensa

  • III PLAN ESTRATÉGICO PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES

    El Consejo de Ministros, coincidiendo con el Día Internacional de las Mujeres, aprobó la semana pasada el III Plan Estratégico para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

    En este PEIEMH se recoge la agenda política en materia de igualdad para el periodo comprendido entre 2022 y 2025, configurándose como el principal instrumento del Gobierno en la orientación de los cambios institucionales y sociales para avanzar en la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres.

    El Plan ha sido elaborado por el Instituto de las Mujeres a partir de la evaluación del plan anterior (PEIO 2014-2016) y de los trabajos previos de elaboración del proyecto de plan estratégico iniciado en 2018 cuya aprobación no pudo ser concluida.

     

     

    EJES DE INTERVENCIÓN
    • Primer eje: “Buen Gobierno: hacia formas de hacer y decidir más inclusivas”. Buen Gobierno como instrumento de cambio para crear las condiciones necesarias para alcanzar los objetivos de transversalidad de género.
    • Segundo eje: “Economía para la vida y reparto justo de la riqueza”. Aborda la brecha de género provocada por la desigual situación de las mujeres en el ámbito laboral y su traducción en la esfera de cuidados.
    • Tercer eje: “Hacia la garantía de vidas libres de violencia machista contra las mujeres”. Incide en la consolidación de las obligaciones institucionales frente a las diferentes formas de violencia machista, prestando especial atención a la investigación, la incidencia y la prevención fundamentalmente.
    • Cuarto eje: “Un país con derechos efectivos para las mujeres”. Replanteamiento de la igualdad entre mujeres y hombres desde una perspectiva transversal y fundamentalmente interseccional, atendiendo a las diferentes variables que, además del género, afectan a la construcción de ciudadanías plenas: alianzas feministas, la salud y los derechos sexuales y reproductivos, la igualdad en el ámbito del deporte, en el ámbito cultural y educativo, en el ámbito de la ciudadanía y su diversidad, mujeres de diferentes grupos étnicos, mujeres LTBI, jóvenes, rurales y con discapacidad.

    Los diversos elementos del plan se concretan en estos 4 ejes de intervención, 20 líneas de trabajo, 49 objetivos específicos y 141 objetivos operativos.

     

    PRESUPUESTO

    El prepuesto total para todo el periodo de duración asciende a 20.319 millones de euros, un 387% más que el del último Plan desarrollado a partir de 2017. 

     

    Descargar nota de prensa

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