CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD CORRESPONDIENTES A 2023

Se convocan ayudas a la pequeña y mediana empresa y entidades sin ánimo de lucro para la elaboración de planes de igualdad correspondientes a 2023.

BENEFICIARIOS

Se podrán beneficiar las empresas y entidades sin ánimo de lucro, cuya plantilla se encuentre entre 10 y 49 personas trabajadoras que, desde el 23 de julio del 2022 hasta el 21 de marzo de 2023 hayan procedido a la inscripción, por primera vez, en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la autoridad laboral competente, de un plan de igualdad tendente a alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo, siempre y cuando no se encuentren obligadas en virtud de Convenio Colectivo ni en los casos en que la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan.

Las ayudas reguladas en esta convocatoria incluyen necesariamente el desarrollo por parte de la entidad beneficiaria de las siguientes fases:

  • La elaboración de un diagnóstico, como resultado del proceso de toma y recogida de datos, dirigido a identificar y estimar con indicadores cuantitativos y cualitativos, las desigualdades, dificultades y obstáculos existentes o que puedan existir en la empresa para conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
  • La elaboración de un plan de igualdad como conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
  • La inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la autoridad laboral competente.
GASTOS SUBVENCIONABLES
  • Gastos derivados de la elaboración del diagnóstico de situación de la entidad en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
  • Gastos derivados de la elaboración del plan de igualdad.
  • Los importes correspondientes al coste derivado de la subcontratación total o parcial de la actividad subvencionada con otra entidad

No se considerarán subvencionables:

  • Los bienes de inversión ni sus gastos de amortización, la adquisición de equipamiento, ni la de mobiliario e infraestructuras, ni los gastos cuyo valor sea superior al de mercado, ni todos aquellos que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada
  • Los gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.
  • La adquisición de equipos y material inventariable.
  • Las comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.
  • El Impuesto de Valor Añadido (IVA): en ningún caso se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA.

Las actuaciones previstas para la elaboración del diagnóstico y del plan de igualdad, pueden haber sido realizadas directamente por personal de la propia entidad o por una empresa o personal externo, contratado para esta finalidad.

La subcontratación no podrá superar el 50% del importe total de la actividad subvencionada. De modo excepcional, se podrá contratar la ejecución total de la actividad, siempre que se acredite documentalmente la imposibilidad material de la beneficiaria para su ejecución directa.

La entidad beneficiaria de la subvención deberá realizar directamente las siguientes funciones, no pudiendo delegar ni subcontratar con terceros su desarrollo total ni parcial:

  • El diseño de la acción subvencionada.
  • La elaboración final de la memoria justificativa económica.
  • La coordinación de todas las fases de realización de la actividad subvencionada.
  • La solicitud de inscripción en el registro.
CUANTÍA

Se podrá financiar hasta el 80% de los gastos subvencionables. En el caso de percibir otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no podrá superar este porcentaje. El importe de la actividad subvencionable no alcanzado por la subvención que se otorgue será cubierto con fondos propios de la entidad beneficiaria. No obstante, en ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Las subvenciones se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria, con el límite máximo de dos mil quinientos euros (2.500 €) por entidad beneficiaria.

PLAZO

El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día 22 de marzo de 2023; se cuenta por tanto hasta el 13 de abril de 2023.

 

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ACCESO PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

PLANES DE IGUALDAD Y CONTRATACIÓN CON EL SECTOR PÚBLICO

La nueva Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, incorpora una serie de modificaciones en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

La Ley 9/2017 establece en su artículo 71 diferentes supuestos de prohibición de contratación con entidades que forman parte del sector público, artículo cuya redacción ha sido modificada por la Ley 31/2022 afectando a las empresas que no posean un Plan de Igualdad y estén obligadas a ello.

Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida, la nueva redacción del artículo 71.1d queda de la siguiente manera:

«Artículo 71. Prohibiciones de contratar.

………….

d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres

 

DESCARGAR LEY 31/2022, de 23 de diciembre, de PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023

PREMIOS “Alianza STEAM por el talento femenino, Niñas en pie de ciencia”

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha convocado los Premios “Alianza STEAM por el talento femenino, Niñas en pie de ciencia” pertenecientes a los Premios Aulas por la Igualdad, cuya finalidad es fomentar la igualdad, la coeducación, la prevención de la violencia contra las mujeres y el impulso de las vocaciones de las niñas y jóvenes en disciplinas vinculadas a las ciencias, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas en conexión con las artes y las humanidades (STEAM) en el ámbito educativo y formativo.

 

 

La “Alianza STEAM por el talento femenino, niñas en pie de ciencia” es una iniciativa del Ministerio para animar a las niñas y jóvenes a acercarse a las disciplinas científico-tecnológicas y contribuir al cierre de la brecha de género que existe en este campo, sumando ya desde su creación en 2021 a más de 120 empresas, organismos e instituciones.

 

Entidades beneficiarias

Centros educativos de ámbito nacional, sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias.

Modalidades de premio:

  • Premio para centros educativos de Educación Infantil y Primaria.
  • Premio para centros educativos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
  • Premio para centros educativos de Formación Profesional de grado medio.
  • Premio para centros educativos de Formación Profesional de grado superior.

Entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos el fomento de las vocaciones STEAM.

Modalidad de premio:

  • Premio para entidades u organizaciones públicas o privadas.

 

Premios

Se otorgarán 15 premios con una dotación de 10.000 euros para cada una de las 5 modalidades (1º premio 5.000 €, 2º premio 3.000 € y 3º premio 2.000 €).

Serán concedidos mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

 

Plazo de presentación

Del 1 de septiembre al 7 de octubre de 2022.

 

Acceso al servicio online

Extracto de la Orden de 25 de agosto de 2022

Convocatoria

Bases reguladoras

Convocatoria de subvenciones para la formación, capacitación, apoyo y asesoramiento especializado necesarios para el ejercicio de las funciones de negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de planes de igualdad en el ámbito estatal o supraautonómico para el año 2022

El 24 de agosto la Directora del Instituto de las Mujeres, aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones a organizaciones sindicales, dirigidas a financiar la formación, capacitación, apoyo y asesoramiento especializado necesarios para el ejercicio de las funciones de negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de planes de igualdad de ámbito estatal o supraautonómico, conforme a lo previsto en el artículo 45 y siguientes de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 1 las bases reguladoras establecidas en la Orden IGD/723/2022, de 26 de julio.

 

 

La dificultad de elaborar el diagnóstico de situación de los planes de igualdad (en el que se desarrolla una labor técnica muy exhaustiva de recogida y análisis cuantitativo y cualitativo de información, incluida la elaboración de la auditoría retributiva) y el desarrollo de las medidas y sistemas de seguimiento y evaluación que garanticen la eficacia y adecuación de estos planes, determina la necesidad de que las personas que intervengan en todo el proceso, así como, en su caso, las personas expertas que las asistan, tengan la formación y capacitación adecuadas. 

 

ENTIDADES BENEFICIARIAS
  • Organizaciones sindicales más representativas de ámbito estatal que participen en la negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de los planes de igualdad.
  • Organizaciones sindicales de ámbito estatal que participen en la negociación, elaboración, implantación, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

 

DONDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES

En la sede electrónica del Ministerio de Igualdad: Acceder

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 29 de agosto 2022 hasta el 9 de septiembre 2022.

 

Resolución de la convocatoria

Extracto de la resolución

Bases reguladoras