Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Avance global sobre las tendencias del empleo femenino 2018

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) acaba de publicar el informe “Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Avance global sobre las tendencias del empleo femenino 2018”, en el que revela, entre otras cuestiones, que las mujeres tienen menos probabilidades de entrar al mercado laboral y, cuando lo hacen, tienen más opciones de estar desempleadas u ocupadas de manera precaria.

Aporta datos como que la tasa mundial de actividad de las mujeres se sitúa, en 2018, en el 48,5 %, 26,5 puntos porcentuales por debajo de la de los hombres. Además, la tasa de desempleo de las mujeres para 2018, situada en un 6 % por la OIT, es alrededor de ocho décimas más alta que la de los hombres.

En cuanto a la brecha salarial, «en una muestra de países desarrollados, emergentes y en desarrollo, por ejemplo, se observa que las mujeres ganan, en promedio, el 20% menos que los hombres», recoge el estudio.

El organismo agranda el enfoque y aborda las diferentes brechas que afectan a las mujeres en el ámbito laboral: en la participación del mercado de trabajo, en el desempleo, el empleo informal, la pobreza laboral y desprotección social.

La brecha de participación laboral entre hombres y mujeres varía considerablemente según las regiones. Se está reduciendo en los países en desarrollo y desarrollados, pero continúa ensanchándose en los países emergentes, donde desde 2009 ha aumentado cinco décimas hasta situarse en 30,5 puntos porcentuales en 2018.

Según los últimos datos de la OIT, las mujeres representan menos de una tercera parte de los cargos intermedios y superiores de dirección en la mayoría de los países desarrollados, y menos del 5 % de los cargos de dirección general de las empresas cotizadas.

Así mismo, el informe destaca que el nivel de participación femenina en la fuerza de trabajo, las considerables diferencias de remuneración entre los géneros, la mayor probabilidad de una carrera más breve o con interrupciones, y la presencia excesiva de mujeres en el trabajo informal y vulnerable inciden negativamente en su capacidad de consolidar derechos de jubilación que provoca que aumente más el nivel de pobreza de las mujeres en la vejez respecto a los hombres.

El organismo advierte de que las medidas actuales para reducir la desigualdad de género en el mercado laboral a nivel mundial «no son suficientes» y asegura que, de no cambiar de rumbo con nuevas iniciativas, «no se esperan cambios en los próximos años».

OIT recomienda incorporar nuevas medidas que requerirán el esfuerzo «no solo de los gobiernos, los empleadores y los sindicatos», sino que se deben incorporar «iniciativas que eliminen las exigencias desiguales que pesan sobre las mujeres».  Estas medidas integrales «específicamente para las mujeres» se encaminan, en los países en desarrollo y emergentes, hacia la transición del empleo informal hacia el formal y el impulso de la matriculación femenina, entre otras. Y, en general, el organismo considera que «hay mucho margen para mejorar el alcance y la efectividad de las políticas públicas de asistencia a la familia», con servicios dirigidos a la infancia y el fomento de la corresponsabilidad.

 

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Ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad en 2018

 

Con fecha 28 de abril de 2018 se ha publicado en el BOE el Extracto de la Resolución de 23 de abril de 2018, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, por la que se convocan las ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2018.

Datos de la Convocatoria:

Beneficiarios: Empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones, de entre 30 y 250 personas trabajadoras que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Finalidad: Elaboración e implantación de un plan de igualdad tendente a alcanzar en la entidad la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo

Bases reguladoras: Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, publicada en el BOE de 28 de junio de 2013.

Importe: La cuantía máxima de la subvención será 9.000 euros para cada entidad subvencionada.

Plazo de presentación de solicitudes: Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. Por lo tanto, el plazo de solicitud estará abierto desde el día 30 de abril de 2018 hasta el 23 de mayo de 2018, ambos inclusive.

Lugar de presentación: En la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (https://sede.msssi.gob.es/).

Toda la información sobre la convocatoria está disponible en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.