Categoría: IGUALDAD

Igualdad CEPYME Aragón

  • 2020 AÑO DEL FORO MUNDIAL SOBRE IGUALDAD DE GÉNERO (BEIJING+25)

    El Plan Estratégico de ONU Mujeres 2018-2021 describe los objetivos y enfoques para conseguir la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y refuerza e impulsa la implementación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, celebrada en 1995 y cuyo 25ª aniversario tendrá lugar en 2020

    Las Naciones Unidas a lo largo de las últimas décadas desarrollaron cuatro conferencias mundiales sobre la mujer:

    • 1975: Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer en Ciudad de México
    • 1980: Conferencia Mundial del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer, en Copenhague
    • 1985: Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluación de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer, celebrada en Nairobi.
    • 1995: La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, denominada en adelante como Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, fue ratificada por 189 gobiernos y supuso un punto de inflexión en la toma de medidas en pro de la igualdad de género.

    La importancia de esta cuarta conferencia mundial radica en el hecho del establecimiento de un compromiso real entre los estados miembros participantes para aumentar y consolidar los derechos de las mujeres procediendo a revisar el progreso de las medidas y examinar nuevas iniciativas a los cinco, diez y quince años de su celebración. De esta forma,

    • 2000.Beijing+5: La Asamblea General decidió que, quinquenalmente, se procedería a realizar una evaluación de la aplicación de la Declaración de Beijing así como a implementar nuevas medidas e iniciativas en función de los resultados obtenidos. De esta forma, surge la declaración política y nuevas medidas e iniciativas para la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing que ha sido revisada, posteriormente, en:
    • 2005 Beijing +10
    • 2010 Beijing +15
    • 2015 Beijing+20
    • 2020 Beijing +25

    En este sentido, durante los meses de Noviembre y Diciembre de 2019 se están celebrando reuniones y evaluaciones regionales sobre la implementación de las medidas establecidas en la Plataforma como antesala del próximo Foro Mundial sobre Igualdad de Género (Beijing +25)

    Asimismo, el próximo año coincide otras conmemoraciones a considerar en el movimiento de los derechos de las mujeres del siglo XXI:

    • 20º aniversario de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad
    • 10º aniversario de la creación de ONU Mujeres como entidad defensora mundial del empoderamiento de las mujeres y las niñas
    • 5º aniversario de los Objetivos de Desarrollo Sostenible

    ONU mujeres ha lanzado la campaña multigeneracional “Generación Igualdad: Por los derechos de las mujeres y un futuro igualitario” para conmemorar este aniversario (+25) con el objeto de estimular el diálogo y la implementación de acciones orientadas a la igualdad de genéro; entre otras, la igualdad de remuneración, el liderazgo de mujeres y su participación en pie igualdad en la vida política y en la toma de decisiones en todas las esferas de la vida.

    Fuente: https://www.unwomen.org/es

    https://www.unwomen.org/en/digital-library/publications/2015/01/beijing-declaration

  • DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS EN MATERIA DE MATERNIDAD

    Con la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo, se establece una mejora de la anteriormente denominada prestación por maternidad de las trabajadoras autónomas. Este año, se ha regulado otra importante modificación determinada por el Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

    Dicho decreto unifica las prestaciones por maternidad y paternidad en la nueva prestación por “nacimiento y cuidado del menor” que incluye las situaciones de maternidad, adopción o acogimiento.

    ¿Cuáles son los requisitos para poder percibir la prestación?

    • Estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en situación asimilada al alta y estar al tanto de los pagos a la Seguridad Social.
    • En segundo lugar, se exigen un tiempo previo de cotización. Para contabilizar este periodo se computan tanto el tiempo cotizado al Régimen General como al Especial. Los cómputos dependerán de la edad en el momento del parto o la resolución judicial que determine la acogida o adopción del menor.

    No se exige el requisito de cotización previa para las autónomas menores de 21 años.

    Entre 21 y 25 años, es necesario haber cotizado 90 días en los 7 años inmediatamente anteriores, o bien 180 durante toda la vida laboral.

    A partir de los 26 años, la cotización necesaria es de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores, o bien 360 días a lo largo de la vida laboral.

    Se tendrá derecho al subsidio a partir del mismo día de la fecha del parto o con una anterioridad de 4 semanas a la fecha prevista. En el caso de adopción, a partir de la resolución judicial, o 4 semanas antes en el caso de adopción internacional.

    La duración será de 16 semanas En caso de hospitalización u otros supuestos, este plazo puede ser ampliado. La trabajadora autónoma puede ceder al otro progenitor un número determinado de semanas, siendo obligatorias para la madre las 6 semanas posteriores al parto.

     

    ¿Cuál es la cuantía de la prestación?

    Consistirá en un subsidio equivalente al 100% de su base reguladora que, por norma general, será la correspondiente a la baja por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, con fecha de referencia la del comienzo del descanso.

    Bonificaciones

    Se establece una bonificación del 100% de la cuota de la Seguridad Social durante el tiempo de baja.

    Tarifa plana

    Por otra parte, las trabajadoras autónomas pueden acceder a una tarifa plana de 60 euros (en el caso de cotizar por la base mínima), durante los 12 meses posteriores a su reincorporación.

    Si la base de cotización fuera superior, se bonifica el 80% sobre la cotización por contingencias comunes.

    La normativa establece como requisito para poder acceder a esta tarifa la reincorporación al trabajo durante los dos años siguientes a la parada producida por la maternidad.

     

    Fuente: Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

  • DIAGNÓSTICO SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS Y PLANES DE IGUALDAD EN LAS EMPRESAS ARAGONESAS 2019

    Desde el departamento de igualdad de CEPYME ARAGÓN queremos solicitarle nuevamente su colaboración en el estudio que está llevando a cabo CEPYME ARAGÓN con la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social del Gobierno de Aragón sobre la implementación de medidas y planes de igualdad en las empresas.

    Mediante la presente acción se pretende obtener un diagnóstico real y actualizado de la situación de empresas, organizaciones y entidades privadas y públicas que operan en Aragón, en relación a la adopción de medidas y planes de igualdad en el ámbito laboral, con el objeto de asesorarles y tratar de proponer las medidas adecuadas que permitan seguir avanzando en esta materia.

    Por ello nos gustaría que cumplimentase la encuesta on-line diseñada por el Grupo de Trabajo sobre Planes de Igualdad en las Empresas, de la Dirección General de Trabajo Autónomos y Economía Social del Gobierno de Aragón, con los datos relativos a su empresa para contribuir de este modo al estudio sobre esta materia en nuestra Comunidad Autónoma e impulsar este beneficioso instrumento de mejora en el ámbito laboral.

    Cumplimente la encuesta:

    https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSca55MyO3KLH4r2jw7C2x29YN4ZMNpO80tg1EB9n1_L9oqbkQ/viewform

    Le recordamos asimismo que disponemos de un servicio gratuito de asesoría en materia de igualdad por lo que si desea recibir asesoramiento o quiere implantar el Plan de igualdad en su empresa puede ponerse en contacto con nuestro departamento:

    De manera presencial en nuestra sede de Pza. Roma F-1 Oficinas, 2ª Planta.
    · Telefónicamente: 976766060
    · A través de correo electrónico: igualdad@cepymearagon.es
    · A través de nuestra página web en el apartado de Asesoría On Line en Igualdad

  • ODS, año 4. El liderazgo de las empresas españolas en la Agenda 2030

    Con motivo del cuarto aniversario de los ODS la Red Española del Pacto Mundial ha publicado “ODS, año 4. El liderazgo de las empresas españolas en la Agenda 2030”. Esta publicación tiene como misión posicionar el liderazgo empresarial como uno de los motores clave para impulsar los cambios necesarios para hacerlos realidad.

    El informe contiene una serie de testimonios de directivos de empresas relevantes a nivel nacional, además en el mismo se señalan cuatro áreas de gran potencial para el crecimiento sostenible de la economía: la igualdad de género, la economía circular, la lucha contra el cambio climático y la lucha contra la corrupción.

    Respecto a la igualdad de género el informe arroja datos muy esclarecedores acerca de la importancia de la igualdad en el ámbito laboral. Según estima la OIT con solo reducir la brecha de género un 25% en 2025 se incrementaría el Producto Interior Bruto (PIB) global en un 3,9% con una ganancia de 5,8 billones de dólares (ILO, World Employment and Social Outlook: Trends for women 2017: https://www.ilo.org/global/research/global-reports/weso/trends-forwomen2017/lang–en/index.html).

    Explican también los autores como el Fondo Monetario Internacional estima que las pérdidas económicas por la falta de poder económico de las mujeres van desde el 10% en las economías avanzadas al 30% en los países en desarrollo. (IMF, Closing the gender gap, 2019: https://www.imf.org/external/pubs/ft/fandd/2019/03/pdf/closing-the-gender-gap-dabla.pdf)

    El informe explica asimismo que se están dando ciertos avances en la materia, así según el informe “Las Empresas Españolas ante la Agenda 2030”, el ODS 5 es el más trabajado por las empresas españolas.

     

    Acceda al informe completo

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