Categoría: Publicaciones

  • LA BRECHA DE GÉNERO EN EL SECTOR DIGITAL

    Romper con la brecha digital de género es un objetivo prioritario para alcanzar la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, pero sobre todo para favorecer el uso y la presencia de las mujeres en el sector digital.

    El estudio “Women in the Digital Age” realizado por la Comisión Europea analiza el papel de la mujer en el sector de las nuevas tecnologías. El objetivo del estudio se centra en poner en práctica futuras acciones en materia de igualdad de género.

    Las conclusiones del estudio indican que, hay menos mujeres que hombres ocupando puestos de trabajo y educación relacionados con las TIC, a pesar de la creciente demanda de especialistas en TIC y perfiles digitales.

    Los principales datos extraídos de este estudio son:

    • Disminuye el porcentaje de europeos que cursan estudios relacionados con las TIC tanto hombres como mujeres, a pesar de la creciente demanda de especialistas.
    • El número de mujeres que cursan estudios relacionados con las TIC disminuye año a año. En Europa hay cuatro veces más hombres que mujeres con estudios relacionados con las TIC.
    • En proporción se ha producido mayor aumento en el número de empleos en hombres que en mujeres lo que ha incrementado ligeramente la brecha digital.
    • Desciende la participación de la mujer en el liderazgo y la inversión en el sector digital empresarial. Solo un 20% emprenden en este sector.

     

    La Comisión Europea plantea tres estrategias para facilitar el acceso y la participación de las mujeres en el sector:

    1. Franquear los estereotipos y prejuicios que nos llevan a perpetuar estas desigualdades entre hombres y mujeres. Existe la creencia inconsciente de que el género femenino tiene menos capacidades que el masculino en el sector digital.
    2. Desarrollar y fomentar las competencias digitales, es decir, aprovechar las actividades ya existentes en la Comisión y darles un ángulo más femenino.
    3. Convencer a la sociedad y empresa de la necesidad de mujeres en el sector TIC y la innovación. A mayor igualdad en la empresa mayor innovación y creatividad.

    Hay que trabajar para aumentar la confianza de las mujeres con la tecnología, fomentar vocaciones tecnológicas y lograr una cultura social y empresarial que crea en sus capacidades.

    Conscientes de la importancia de lograr estos objetivos se están tomando medidas a nivel europeo, entre las que destacamos:

    • La firma de una Declaración conjunta por parte de representantes de empresas tecnológicas europeas. Supone una declaración de intenciones para alcanzar un equilibrio de género en sus empresas. Para ello se comprometen entre otras acciones a implementar políticas de reclutamiento de mujeres en puestos tecnológicos e identificar posibles líderes femeninas que puedan desempeñar funciones de dirección, puestos ocupados en su mayoría por hombres.
    • Creación de la Red europea para mujeres en digital; para que niñas y mujeres estén cada vez más presentes en los estudios relacionados con temas digitales.
    • Campaña No Women NO Panel. La presencia de mujeres en eventos públicos también debe ser representativa, son la cara visible de mujeres con voz y puestos directivos que sirven de ejemplo e inspiración a generaciones futuras.

    El fin último de todas estas medidas es lograr que la presencia de las mujeres en ámbitos digitales sea una norma, no una excepción.

    Acceda al estudio completo

  • NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y REGISTRO DE PLANES DE IGUALDAD

    El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades acaba de publicar el Boletín Igualdad en la Empresa correspondiente al mes de septiembre.

    Bajo el título “Negociación colectiva y registro de planes de igualdad” recoge información relativa a la aplicación de la igualdad de género en las distintas fases de la negociación colectiva, registro y depósito de los planes de igualdad, subvenciones y ayudas disponibles a nivel nacional y autonómico, finalizando con un interesante apartado de jurisprudencia en materia de negociación colectiva y planes de igualdad.

    El pasado 17 de julio se publicó el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva.

    En su Anexo sobre “Acuerdos alcanzados en el ámbito bipartito que deben ser desarrollados en el ámbito tripartito con el Gobierno de España” dedica un apartado a desarrollar medidas integrales que favorezcan la igualdad laboral y salarial entre hombres y mujeres (sistema de atención a la dependencia y la infancia, equiparación en las condiciones de disfrute de los permisos de paternidad/maternidad así como un estudio cualitativo del sistema de pluses y complementos salariales a tener en cuenta en las negociaciones de los convenios).

    Uno de los objetivos de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres es la promoción y adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas, situándolas en el marco de la negociación colectiva. La incorporación de la igualdad de género en las empresas pasa por lo tanto a formar parte de la negociación colectiva de los convenios.

    Para que las negociaciones en materia de igualdad sean realmente efectivas la Guía de negociación colectiva que elabora anualmente la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos establece una serie de recomendaciones que versan sobre los siguientes aspectos:

    • Diálogo Social en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
    • Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    • Planes de igualdad en las empresas.
    • Medidas que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
    • Medidas para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.

    En cuanto al depósito y registro de los planes de igualdad nada se especifica en la LO 3/2007, pero sí en el RD 713/2010 de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (con su desarrollo se crea el registro de convenios y acuerdos colectivos). Desde el momento en el que las partes negociadoras lo firmen se establece un plazo de 15 días para solicitar su inscripción. En el boletín podemos encontrar un resumen del procedimiento de inscripción así como un mapa interactivo para acceder al organismo de referencia en cada comunidad autónoma.

    Finalizamos el recorrido por este interesante boletín con las diferentes subvenciones con las que se cuenta, tanto a nivel estatal como autonómico para potenciar la implantación de planes de igualdad, de manera que las empresas no lo desarrollen únicamente por tratarse de una normativa de obligado cumplimiento (empresas de más de 250 trabajadores, cuando así lo establezca el convenio colectivo así lo acuerde la autoridad laboral) y no se quede en una declaración de intenciones sino que se pueda lograr el objetivo de partida de la Ley, ser un mecanismo garante de la igualdad real entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.

    Acceso al boletín

  • LEY 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón.

    El Pleno de las Cortes de Aragón aprobó el pasado 28 de junio la Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que:

    1. Establece los principios generales de actuación de los poderes públicos de Aragón en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
    2. Prevé medidas dirigidas a prevenir y combatir en los sectores público y privado aragoneses toda forma de discriminación por razón de género.
    3. Incorpora medidas y recursos dirigidos a promover y garantizar la efectiva igualdad de oportunidades y de trato en todos los ámbitos de la vida en Aragón.
    4. Desarrolla medidas para transversalizar el enfoque de género y modificar los roles masculinos estereotipados que sustentan la desigualdad de género.

    La ley contiene 103 artículos y se estructura en un Título preliminar, cinco Títulos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y siete disposiciones finales.

    El Título preliminar establece el objeto, el ámbito de aplicación, los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos de nuestra Comunidad Autónoma con la finalidad de alcanzar la igualdad de género y las categorías básicas, así como los conceptos relativos a la igualdad.

    El Título I se centra en las competencias, funciones, la organización institucional y la coordinación entre las Administraciones públicas de Aragón.

    El Título II regula las políticas públicas para la igualdad de género.

    El Título III contiene las medidas de acción positiva para promover la igualdad de género en los diferentes ámbitos y se estructura en ocho Capítulos.

    El Título IV está dedicado a las garantías específicas para la igualdad de género, entre las cuales incluye a la institución del Justicia de Aragón, la evaluación de la aplicación de la ley, la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro y acciones frente a la publicidad ilícita, frente a la discriminación por razón de género en los convenios colectivos y, en general, frente a la discriminación y desigualdad de género.

    Y , finalmente, el Título V versa sobre la inspección y el régimen de infracciones y sanciones.

    La Dama De La Justicia, Legales, Derecho

     

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  • Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Avance global sobre las tendencias del empleo femenino 2018

    La Organización Internacional del Trabajo (OIT) acaba de publicar el informe “Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Avance global sobre las tendencias del empleo femenino 2018”, en el que revela, entre otras cuestiones, que las mujeres tienen menos probabilidades de entrar al mercado laboral y, cuando lo hacen, tienen más opciones de estar desempleadas u ocupadas de manera precaria.

    Aporta datos como que la tasa mundial de actividad de las mujeres se sitúa, en 2018, en el 48,5 %, 26,5 puntos porcentuales por debajo de la de los hombres. Además, la tasa de desempleo de las mujeres para 2018, situada en un 6 % por la OIT, es alrededor de ocho décimas más alta que la de los hombres.

    En cuanto a la brecha salarial, «en una muestra de países desarrollados, emergentes y en desarrollo, por ejemplo, se observa que las mujeres ganan, en promedio, el 20% menos que los hombres», recoge el estudio.

    El organismo agranda el enfoque y aborda las diferentes brechas que afectan a las mujeres en el ámbito laboral: en la participación del mercado de trabajo, en el desempleo, el empleo informal, la pobreza laboral y desprotección social.

    La brecha de participación laboral entre hombres y mujeres varía considerablemente según las regiones. Se está reduciendo en los países en desarrollo y desarrollados, pero continúa ensanchándose en los países emergentes, donde desde 2009 ha aumentado cinco décimas hasta situarse en 30,5 puntos porcentuales en 2018.

    Según los últimos datos de la OIT, las mujeres representan menos de una tercera parte de los cargos intermedios y superiores de dirección en la mayoría de los países desarrollados, y menos del 5 % de los cargos de dirección general de las empresas cotizadas.

    Así mismo, el informe destaca que el nivel de participación femenina en la fuerza de trabajo, las considerables diferencias de remuneración entre los géneros, la mayor probabilidad de una carrera más breve o con interrupciones, y la presencia excesiva de mujeres en el trabajo informal y vulnerable inciden negativamente en su capacidad de consolidar derechos de jubilación que provoca que aumente más el nivel de pobreza de las mujeres en la vejez respecto a los hombres.

    El organismo advierte de que las medidas actuales para reducir la desigualdad de género en el mercado laboral a nivel mundial «no son suficientes» y asegura que, de no cambiar de rumbo con nuevas iniciativas, «no se esperan cambios en los próximos años».

    OIT recomienda incorporar nuevas medidas que requerirán el esfuerzo «no solo de los gobiernos, los empleadores y los sindicatos», sino que se deben incorporar «iniciativas que eliminen las exigencias desiguales que pesan sobre las mujeres».  Estas medidas integrales «específicamente para las mujeres» se encaminan, en los países en desarrollo y emergentes, hacia la transición del empleo informal hacia el formal y el impulso de la matriculación femenina, entre otras. Y, en general, el organismo considera que «hay mucho margen para mejorar el alcance y la efectividad de las políticas públicas de asistencia a la familia», con servicios dirigidos a la infancia y el fomento de la corresponsabilidad.

     

    Acceda al informe completo

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