Categoría: Noticias

  • NACE LA COALICIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA IGUALDAD DE REMUNERACIÓN (EPIC)

    Uno de los principales obstáculos para el éxito profesional de las mujeres y para el económico, la desigualdad salarial, va a ser desafiado activamente por una nueva coalición mundial, la Coalición Internacional sobre la Igualdad de Remuneración (EPIC en inglés), liderada por la OIT, ONU-MUJERES y la OCDE.

    Con este lanzamiento se pretende congregar a diversos actores a nivel mundial, regional y nacional para ayudar a los gobiernos, los empleadores, los trabajadores y sus organizaciones, así como otras partes interesadas, a hacer de la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor entre hombres y mujeres una realidad.

    La igualdad de remuneración, además de empoderar a las mujeres puede tener un impacto considerable en la realización de otros objetivos, como la promoción de sociedades inclusivas, la reducción de la pobreza, la creación de condiciones de trabajo decentes y la igualdad de género.

    Esta alianza tratará de dar respuesta global a un problema crítico al cual se le dio prioridad en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, en particular en la Meta 8.5 que reclama la garantía de la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor de aquí a 2030.

    Los empleadores y los sindicatos, así como otras partes interesadas, tendrán un papel central en la aplicación e implementación de las políticas a favor de la igualdad de remuneración. Una Plataforma lanzada a principios de este año por ONU Mujeres durante la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, también contribuirá a fortalecer la movilización a favor de la igualdad salarial, en el marco de EPIC.

    Acceda a más información sobre EPIC

  • Informe sobre la conciliación de la vida laboral, familiar y personal en la Unión Europea

    Eurofound, la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo ha publicado recientemente el Informe sobre la conciliación de la vida laboral, familiar y personal en la Unión Europea.

    La Fundación, creada en 1975, es un órgano de la Unión Europea que contribuye a la planificación y el establecimiento de mejores condiciones de vida y de trabajo en Europa. Desempeña su cometido en asociación con los gobiernos, empresarios, sindicatos y con la Unión Europea.

    En las últimas décadas, la conciliación de la vida laboral, familiar y personal se ha convertido en un asunto de gran calibre a nivel político, ya que posee un innegable valor social ligado a la igualdad de género y la calidad de vida.  Además del valor social tiene una importante dimensión económica el desequilibrio entre la vida familiar y laboral que dificulta la participación de la mujer en el mercado de trabajo. La reducción de dichos desequilibrios supone un objetivo fundamental en la Estrategia Europea de Crecimiento.

    A través de este enlace se puede acceder al Informe sobre la conciliación de la vida laboral, familiar y personal en la Unión Europea (“Work–life balance and flexible working arrangements in the European Union”) que constituye una contribución de Eurofound al Consejo Informal de Empleo y Asuntos Sociales (EPSCO) bajo la Presidencia estonia del Consejo de la UE, Tallin, del 19 al 20 de julio de 2017.

    Acceda al Informe

     

  • Ayudas a PYMES para la elaboración e implantación de planes de igualdad

     

    ORDEN EIE/1086/2017, de 17 de julio, por la que se convocan ayudas del Gobierno de Aragón a la pequeña y mediana empresa para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes a 2017.

    Datos de la Convocatoria:

    Beneficiarios: empresas de entre 100 y 250 personas trabajadoras que, en el ámbito de las relaciones laborales, adopten por primera vez un plan de igualdad tendente a alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

    Objeto y Finalidad: Es objeto de la presente orden convocar para el ejercicio 2017, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas destinadas a pequeñas y medianas empresas de entre 100 y 250 personas trabajadoras, con centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo fin sea elaborar o implantar, por primera vez, planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Importe: La cuantía máxima a percibir será de veinte mil euros (20.000 euros) y, solo se otorgará una única ayuda para cada empresa.

    Fecha final de presentación de solicitudes: quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón»

    más información sobre las ayudas

     

  • Convocatoria para la concesión del distintivo «Igualdad en la empresa» 2016.

    Convocatoria para la concesión del distintivo «Igualdad en la empresa» 2016.

    Publicada la Orden SSI/1996/2016, de 29 de diciembre, por la que se convoca la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2016, y se establecen sus bases reguladoras.

    ¿Quién puede solicitarla?

    1. Cualquier empresa o entidad, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá presentar su candidatura al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la concesión del distintivo empresarial. A estos efectos los términos empresa o entidad deben entenderse de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las Administraciones públicas, entendiendo por tales las relacionadas en el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

    2. Las entidades o empresas candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.

    b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

    c) No haber sido sancionada con carácter firme en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

    d) No haber sido sancionada con carácter firme en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios.

    e) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa o entidad, y la Responsabilidad Social Empresarial. Dicho compromiso deberá constar por escrito, y también deberá acreditarse la forma elegida por la empresa en que se haya realizado su difusión a toda la plantilla.

    f) Haber implantado un plan de igualdad, en aquellos supuestos en que la empresa o entidad esté obligada a ello por imperativo legal o convencional. En los demás supuestos, haber implantado un plan de igualdad o, en su defecto, políticas de igualdad.

    g) Haber realizado balances o informes de seguimiento y evaluación del plan de igualdad o, en su defecto, de las medidas desarrolladas en sus políticas de igualdad. La evaluación deberá haberse realizado después de que haya transcurrido al menos un año desde la aprobación del plan de igualdad o la implantación de las citadas medidas.

    ¿Qué formato de solicitud?

    Los modelos normalizados de los anexos estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, anteriormente citada y en la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, apartado de Servicios Sociales e Igualdad: http://www.msssi.gob.es/ssi/igualdadOportunidades/ iEmpleo/Distintivo_Igualdad_en_la_Empresa/DIE_home.htm. También podrán ser facilitados por el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, previa petición al correo electrónico: distintivoie@msssi.es

    ¿Plazo de presentación?

    El plazo de presentación de candidaturas será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».

    (Publicado en BOE Núm. 316 Sábado 31 de diciembre de 2016)

    Para acceder al texto completo BOE

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