Categoría: Noticias

  • CUARTA JORNADA: IGUALDAD EN LA EMPRESA EN ARAGÓN

    CUARTA JORNADA: IGUALDAD EN LA EMPRESA EN ARAGÓN

    DÍA: 10 de noviembre de 2023

    HORARIO: 9:30 a 11:30 horas

    LUGAR: Salón de actos del Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ). C/Franco y López, 4, Zaragoza

    El Grupo de Trabajo sobre Planes de Igualdad en las empresas, creado en el seno del Consejo de Relaciones Laborales, y formado por el Gobierno de Aragón, la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social, CEPYME, CEOE, UGT Aragón y CCOO Aragón, ha venido realizando en los últimos años diferentes análisis en materia de igualdad en el ámbito laboral.

    Entre ellos podemos destacar el análisis de las cláusulas de igualdad de los convenios colectivos sectoriales de aplicación en Aragón; el análisis de la situación de los planes de igualdad en la Comunidad Autónoma; así como la elaboración de manuales y materiales que recopilan buenas prácticas en materia de igualdad para su difusión continua en empresas, entidades y organizaciones, y entre personas trabajadoras.

    En el marco de estas acciones se desarrolla esta IV JORNADA, en la que se presentará el documento actualizado de “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE IGUALDAD”, fruto del análisis de las cláusulas de igualdad existentes en los planes de igualdad de las empresas con sede social en Aragón, aprobados y registrados en el REGCON a fecha 30 de junio de 2023; documento elaborado para servir de referencia y consulta a las comisiones negociadoras, impulsando de este modo la adopción de buenas prácticas y planes de igualdad en las empresas, dentro de sus políticas de recursos humanos y de responsabilidad social.

    Como ponencia Marco se contará con la participación de Manuela Delgado, que nos hablará de “El curioso caso del sesgo de la croqueta”.

    Además, se darán a conocer experiencias y buenas prácticas a través de la mesa redonda que contará con la participación de Silvia Viejo Responsable de RRHH-Administración de KEPAR ELECTRÓNICA, S.L. y María Somma Directora de RRHH del GRUPO ESPRINET IBÉRICA.

    La mesa estará moderada por D. Jesús Divassón. Dr. General de Trabajo del Gobierno de Aragón.

    La Jornada será inaugurada por Dª. María del Mar Vaquero Perianez, Vicepresidenta segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria del Gobierno de Aragón.

     

    DESTINATARIOS DE LA JORNADA

    Empresarios y empresarias, responsables de empresas, mandos intermedios, responsables y personal técnico de Recursos Humanos, calidad, prevención de riesgos laborales, responsabilidad social, igualdad, representación legal de las personas trabajadoras.

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  • NUEVA OFICINA ESTATAL DE LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

    NUEVA OFICINA ESTATAL DE LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

    El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha creado la Oficina Estatal de Lucha contra la Discriminación a través de la Orden TES/867/2023, de 22 de julio.

    La creación de esta oficina da cumplimiento a lo establecido en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023, Plan que dentro de sus diez líneas de actuación dirigidas a garantizar la igualdad y la no discriminación en el empleo y en las condiciones de trabajo, contempla como Objetivo 7 la creación de la Oficina Estatal de Lucha contra la Discriminación.

    Asimismo, el Plan Estratégico para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres 2022-2025, también incluye como una de las medidas la creación de la Oficina Estatal de lucha contra la Discriminación en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como órgano encargado del impulso y coordinación de las actuaciones inspectoras en materia de lucha contra la discriminación y respecto de todos los colectivos especialmente vulnerables, con especial atención a la discriminación por razón de sexo.

    COMETIDO

    Se trata de la unidad responsable del impulso y coordinación de todas las acciones que se desarrollen por el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de igualdad de trato y oportunidades y lucha contra la discriminación en el acceso al empleo, en la formación profesional, en la promoción profesional y en las condiciones de trabajo, en especial las retributivas; prestando una especial atención a la igualdad entre mujeres y hombres.

    Velará, asimismo, por que la perspectiva de género se aplique de manera transversal e interseccional en todas las actuaciones inspectoras y respecto a la totalidad de las materias objeto de vigilancia y control.

    FUNCIONES

    Entre sus funciones se encuentran:

    • Coordinar la actuación inspectora en materia de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el trabajo o en el acceso al empleo.
    • Asesorar a las unidades territoriales para la detección de cláusulas en los convenios colectivos que contengan cualquier tipo de discriminación.
    • Apoyar a las unidades competentes en los procesos de elaboración de normativa, así como en los de transposición de la normativa europea a la legislación española que estén relacionados con la igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el trabajo o en el acceso al empleo.
    • Canalizar las denuncias en materia de igualdad y seguimiento de sus resultados.
    • Participar en la formación del personal inspector y del personal de estructura en materia de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el trabajo o en el acceso al empleo
    • Analizar los comportamientos y conductas infractoras en materia de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el trabajo o en el acceso al empleo, para establecer los mecanismo e iniciativas más eficientes en la lucha contra las desigualdades.

    Descargar Orden TES/867/2023

  • DISTINTIVO DE IGUALDAD DE GÉNERO EN I+D+I

    DISTINTIVO DE IGUALDAD DE GÉNERO EN I+D+I

    Con el fin de seguir avanzando en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito de la ciencia, el recientemente publicado Real Decreto 669/2023, de 18 de julio, crea el Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I, que tiene por objeto regular la concesión, efectos y vigencia del Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I para el reconocimiento y promoción de aquellas entidades cuya actividad principal sea la ejecución de la investigación, el desarrollo experimental, la transferencia de conocimiento y/o la innovación, que acrediten alcanzar criterios de excelencia en igualdad de género en estos ámbitos.

    La igualdad de género constituye un pilar fundamental para lograr tanto la igualdad efectiva entre mujeres y hombres como el máximo aprovechamiento del talento en el seno de la política de investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación.

    Las mujeres están infrarrepresentadas en las enseñanzas universitarias relacionadas con las disciplinas de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas (carreras STEM), y con el fin de reducir esta desproporción, son muchas las medidas tanto a nivel europeo como nacional que apuestan por una mayor transparencia y promoción de actividades que despierten el interés y la vocación de niñas y mujeres en el sector científico y tecnológico.

    Con este Distintivo se trata de reconocer a entidades cuyas prácticas destaquen por sus valores éticos y por la incorporación de medidas que contribuyan a hacer efectiva la igualdad de género en los diferentes ámbitos de su organización y también de las funciones que se realicen.

     

    DENOMINACIÓN Y LOGOTIPO

    El distintivo denominará «Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I» y se representará con el logotipo que se determine mediante orden de la persona titular del Ministerio de Ciencia e Innovación.

     

    ENTIDADES SOLICITANTES

    Podrán solicitarlo las siguientes entidades que forman parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación:

    1. Los institutos y centros públicos y privados que ejecuten, como actividad principal, actividades de investigación, de desarrollo experimental, de transferencia de conocimiento, y/o de innovación (I+D+I).
    2. Las facultades y escuelas de Universidades públicas y privadas españolas que ejecuten, como una de sus actividades principales, actividades de investigación, de desarrollo experimental, de transferencia de conocimiento y/o innovación (I+D+I), y que formen parte del Espacio Europeo de Educación Superior.
    3. Las instituciones de educación superior que tengan la I+D+I como una de sus principales misiones, así como los agentes públicos y privados que ejecuten dichas actividades.
    4. Los centros y entidades que formen parte del Sistema Nacional de Salud y que ejecuten como una de sus principales misiones actividades de investigación, de desarrollo experimental, de transferencia de conocimiento y/o innovación (I+D+I).

     

    CONVOCATORIAS

    Las entidades que deseen solicitar este sello de excelencia podrán hacerlo cuando se abra la convocatoria, que tendrá una periodicidad bienal.

     

    VIGENCIA

    El Distintivo tendrá una vigencia de 4 años desde su concesión, pudiendo ser objeto de renovación.

    El Ministerio de Ciencia e Innovación mantendrá un Registro público de las concesiones, renovaciones, renuncias voluntarias, suspensiones y revocaciones de este Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.

     

    CÓMO COMBATIR LAS BRECHAS DE GÉNERO EN LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN

    Según se indica en el RD, debe hacerse en tres grandes ámbitos.

    • Primero: es preciso atraer a más niñas y jóvenes a la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas a los ámbitos STEM, donde todavía son minoría en las aulas.
    • Segundo: es necesario retener el talento y apoyar el liderazgo de las mujeres que investigan e innovan en todos los ámbitos STEAM. En España, el número de mujeres que inicia una carrera científica es mayor al de hombres, pero, a medida que avanzan en su trayectoria, la proporción de mujeres desciende (problemas para conciliar la vida personal y familiar, con una carrera en investigación que cuenta con dificultades propias como la competitividad, la inestabilidad, la movilidad o las altas exigencias de dedicación, que precarizan y dificultan la entrada y permanencia de las mujeres en el ámbito investigador; sesgos de género y el sexismo que sufren en algunos entornos laborales).
    • Tercero: se ha de asegurar una ciencia y una innovación inclusivas, que tengan en cuenta las necesidades, características y circunstancias de mujeres y hombres por igual, incluyendo la perspectiva de género con enfoque interseccional en la investigación científica y en la transferencia del conocimiento.

     

    ACCESO RD 669/2023

  • NUEVOS MODELOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACOSO ADAPTADOS A LA LO 10/2022 DE GARANTÍA INTEGRAL DE LA LIBERTAD SEXUAL

    NUEVOS MODELOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACOSO ADAPTADOS A LA LO 10/2022 DE GARANTÍA INTEGRAL DE LA LIBERTAD SEXUAL

    Publicado el nuevo Manual de referencia para elaborar el “Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual, el acoso por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y la integridad moral en el ámbito laboral” elaborado por la Subdirección General para el Emprendimiento, la Igualdad en la Empresa y la Negociación Colectiva de Mujeres y editado por el Instituto de las Mujeres.

    Se trata de una adaptación del publicado en 2021 con las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

    Este manual recoge dos modelos de protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo, así como frente a otras conductas contra la libertad sexual y a la integridad moral, con el fin de que sirvan de referencia a las empresas y otras entidades en la elaboración de sus protocolos.

    Cada modelo de protocolo, considerado individualmente, se configura como un instrumento eficaz y directamente aplicable por la empresa para la gestión de los comportamientos, sean o no constitutivos de delito, contrarios a la libertad sexual y a la integridad moral, especialmente en los casos de acoso sexual y acoso por razón de sexo, incluso cuando se produce en el ámbito digital dentro de su organización. Por ello, en función de las características de cada empresa o entidad y, en particular, el tamaño y la obligación de elaborar un plan de igualdad, se podrá utilizar el modelo que más se ajuste a sus necesidades.

    Las diferencias entre un modelo y otro radican en que se integre en el plan de igualdad (ya sea elaborado de manera voluntaria u obligatoria) o se trate de empresas de menor tamaño que no dispongan del mismo.

    El protocolo responde a la necesidad de prevenir, sensibilizar y, en su caso, erradicar con todas las garantías estas formas de violencia y discriminación en ámbito laboral, así como de cumplir con los artículos 46 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; el art.12 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual; y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; así como con el art.14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

    Descargar Manual y Modelos

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