Categoría: Noticias

  • INFORME SOBRE IGUALDAD DE GÉNERO, DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

    El Pacto Mundial de Naciones Unidas acaba de publicar un nuevo informe sobre igualdad de género, diversidad e inclusión tras realizar un estudio a 1.122 CEOs y 1.300 profesionales procedentes de 113 países y 21 sectores diferentes.

    En el mismo, además de los efectos de la COVID-19 en la igualdad de género, la diversidad y la inclusión, analiza las medidas llevadas a cabo por las empresas en estos ámbitos de manera específica.

     

     

    Entre las principales conclusiones del estudio cabe destacar:

    INTEGRACIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO

    Más del 80% del tejido empresarial tiene integrada la igualdad de género dentro de su organización.

    Entre las áreas de intervención en las que las entidades están trabajando destacan las medidas de conciliación y flexibilización laboral (el 87% de las empresas encuestadas ha implementado o planea implementar acuerdos de trabajo flexibles, y más de la mitad tienen políticas que apoyan a los padres que trabajan).

    Estas medidas son consideradas por la iniciativa de Naciones Unidas como clave para aliviar la presión sobre las familias trabajadoras, permitiendo a las mujeres avanzar en sus carreras profesionales.

    En este punto uno de los aspectos más llamativos es que el 80% de las PYMES apunta por lograr una representación de las mujeres superior al 30% en los niveles equivalentes al consejo de dirección y dirección ejecutiva, en comparación con el 66% de las empresas que ingresan más de mil millones de dólares en ingresos anuales.

    SITUACIÓN DEL COLECTIVO LGBTIQ+ EN LA COMUNIDAD EMPRESARIAL

    De las encuestas realizadas se desprende que sólo el 45% de los/as CEOs encuestados/as a nivel mundial afirman haber ampliado los recursos y la protección de las personas LGBTIQ+ en toda la fuerza laboral.

    Las empresas tienen un papel esencial en la protección de los derechos de las personas LGTBI+ y por ello, el documento anima a las mismas a trabajar conforme a los Principios de conducta contra la discriminación laboral de las personas LGbTI elaborados por la Oficina de las Naciones Unidas de Derechos Humanos en colaboración con la entidad Institute for Human Rights and Business.

    RACISMO

    La lucha contra el racismo se ha convertido en una prioridad dentro de las empresas, liderando este camino por regiones Asia, África y MENA.

    Asimismo, más de la mitad de las empresas encuestadas con más de 50.000 personas en plantilla afirman haber implementado formaciones sobre prejuicios inconscientes en todos los niveles de la organización.

    En cuanto a estrategias de contratación inclusiva, y con el objetivo de lograr una mayor diversidad en su plantilla, casi el 75% de estas empresas las están llevando a cabo.

     

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  • 25N – DIA INTERNACIONAL PARA LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

    El Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer se conmemora anualmente el 25 de noviembre para denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación.

    En España, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su artículo 1.1., define la violencia de género como aquella que, “como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”, y “comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.”

    A nivel europeo, en el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), se entiende por violencia contra las mujeres la violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y se designarán todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada.

    El lema escogido por el Ministerio de Igualdad para la campaña del 25N de 2021 es “Juntas”, que da título también a un corto documental que narra una historia de lucha contra las violencias machistas a través de los testimonios de ochos mujeres, supervivientes de violencia de género, profesionales, representantes institucionales y activistas.

     

    Qué podemos hacer ante la violencia de género

    No debemos olvidar que la persona que está sufriendo violencia de género puede ser alguien cercano a nosotros.

    Tenemos que estar informados sobre la violencia de género y conocer los servicios de ayuda más cercanos.

    Ante sospechas de que la vida de alguna niña, mujer o la de sus hijos corre peligro, tenemos que contactar con la policía o las autoridades competentes.

     

    Servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género (número gratuito que no deja huella en la factura ni el teléfono).

    También pueden realizarse consultas por correo electrónico al servicio 016 online:

    016-online@igualdad.gob.es

     

    Acceso a Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género

     

    Acceso documental JUNTAS

     

  • DIA EUROPEO DE LA IGUALDAD SALARIAL

    Con Motivo del Día Europeo de la Igualdad Salarial, conmemorado el 10 de noviembre, la Comisión Europea ha presentado los datos de brecha correspondientes a este año y elaborados por Eurostat.

    Cabe señalar que estos datos corresponden al año 2019, por lo que será en informes posteriores en los que figure el efecto que la pandemia ha provocado en la población trabajadora, especialmente entre las mujeres.

    Según este informe, de media, las mujeres europeas cobran un 14,1% menos que los hombres, cifra que baja ligeramente en España, al encontrarnos con un 11,9%, pero todavía muy lejos de países como Luxemburgo en el que la brecha salarial se sitúa en el 1,3%.

    BRECHA DE GÉNERO POR PAÍS DE LA UE

     

    (Datos referidos a 2019 excepto Grecia e Irlanda que corresponden a 2018)

    Factsheet Octubre 2021 Comisión Europea

    Con la celebración de este día busca generar conciencia y sensibilización acerca de las diferencias salariales que siguen persistiendo en Europa entre hombres y mujeres, promoviendo la adopción y ejecución de medidas para su debida nivelación.

     

    CAUSAS DE LA BRECHA DE GÉNERO

    Falta de mujeres en posiciones de liderazgo

    Los puestos de dirección y supervisión están ocupados mayoritariamente por hombres. Dentro de cada sector, a los hombres se les asciende a menudo más que a las mujeres y, por lo tanto, se les paga mejor. Esta tendencia culmina a nivel de CEO, donde solo el 7,9% son mujeres.

     

    Segregación en la educación y en mercado laboral

    Las mujeres tienden a estar sobrerrepresentadas en algunos sectores y ocupaciones. En algunos países, las ocupaciones desempeñadas predominantemente por mujeres, como la enseñanza, las ventas y el cuidado, ofrecen salarios más bajos que las ocupaciones desempeñadas predominantemente por hombres, incluso cuando se necesita el mismo nivel de experiencia y educación.

     

    Participación desigual del cuidado y del trabajo no remunerado

    Las mujeres se hacen cargo, en mayor escala que los hombres, de importantes tareas no remuneradas, como el trabajo doméstico y el cuidado de niños o familiares. Los hombres que trabajan dedican un promedio de 9 horas a la semana al cuidado no remunerado y las actividades domésticas, mientras que las mujeres que trabajan dedican 22 horas, es decir, casi 4 horas más todos los días. En el mercado laboral esto se refleja en el hecho de que más de 1 de cada 3 mujeres reducen sus horas remuneradas a tiempo parcial, mientras que solo 1 de cada 10 hombres hace lo mismo. Además, las mujeres tienden a pasar períodos fuera del mercado laboral con más frecuencia que los hombres. Estas interrupciones en la carrera no solo influyen en el salario por hora, sino que también afectan los ingresos y las pensiones futuras.

     

    ACTUACIONES DE LA UE PARA ABORDAR LA BRECHA DE GÉNERO

    Objetivos de Barcelona

    La próxima estrategia europea de cuidados abordará el cuidado a lo largo de la vida, desde el cuidado infantil hasta el cuidado a largo plazo. Considerará las necesidades tanto de los cuidadores como de las personas que reciben cuidados. La estrategia establecerá un marco para las reformas de políticas que orienten el desarrollo de cuidados sostenibles a largo plazo que garanticen un acceso mejor y más asequible a servicios de calidad para todos. También abordará la educación y el cuidado de la primera infancia. Se prestará atención a los niños con discapacidad.

     

    Directiva sobre el equilibrio vida laboral

    Las mujeres se toman más tiempo libre del trabajo para cuidar de los demás. Es por eso que la UE ha adoptado la Directiva sobre conciliación de la vida personal y laboral que entró en vigor en 2019. Los Estados miembros tienen hasta agosto de 2022 para adoptar las normas nacionales necesarias para cumplir con la Directiva. Las medidas previstas en la Directiva incluyen:

    • 10 días de permiso de paternidad retribuido
    • 2 meses de permiso parental retribuido e intransferible para cada uno de los padres
    • la introducción del permiso de cuidador y
    • la ampliación del derecho a solicitar acuerdos laborales flexibles a los cuidadores y trabajadores padres de niños hasta ocho años.

     

    Propuesta de transparencia salarial

    Para ayudar a romper el techo de cristal, la Comisión impulsará la adopción de la propuesta de 2012 de una Directiva sobre la mejora del equilibrio de género en los consejos de administración, que establece el objetivo de un mínimo del 40% de los miembros del sexo subrepresentado.

    La discriminación en el trabajo es ilegal en toda la UE. Recibir una menor remuneración que personas de otro sexo por la realización del mismo trabajo, o descender de categoría profesional después de regresar de un permiso de maternidad, son formas de discriminación.

     

    Las medidas propuestas aumentarán la conciencia sobre las condiciones salariales dentro de la empresa y brindarán más herramientas a personas empleadoras y trabajadoras para abordar la discriminación salarial en el trabajo.

     

    Acceso web Comisión Europea-Igualdad Salarial

  • PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN EL ÁMBITO LABORAL. MANUAL DE REFERENCIA

    El Instituto de las Mujeres ha presentado el “Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo en el ámbito de laboral. Manual de referencia” en el que se recogen modelos descargables puestos a disposición de empresas y otras entidades para servir de guía a la hora de implantar su propio protocolo de acoso.

    El principal fin de un protocolo de acoso es servir de instrumento para la implementación de medidas de cara a la prevención, detección y sanción de los posibles casos de acoso producidos dentro del ámbito laboral. Pretende, por tanto, evitar el riesgo de acoso mediante la detección temprana de aquellos factores que puedan generarlo, adoptando las medidas preventivas y correctoras más adecuadas para salvaguardar los derechos de las personas trabajadoras.

    Su implantación en las diferentes organizaciones también se debe a la obligatoriedad del cumplimento con la legalidad vigente, especialmente con el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, así como con el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

    Implantar el protocolo, informar y formar a la plantilla, ayuda por tanto a prevenir conductas constitutivas de acoso y, en su caso, su tratamiento adecuado y facilita su eliminación en la empresa, además de garantizar el cumplimiento de la norma.

    En este Manual, elaborado por la Subdirección General para el Emprendimiento, la Igualdad en la Empresa y la Negociación Colectiva, con la colaboración de la Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Valencia Gemma Fabregat, se pueden descargar los siguientes modelos para su elaboración:

    Descargar Protocolo – Manual de referencia (pdf)

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