Categoría: IGUALDAD

Igualdad CEPYME Aragón

  • NUEVAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN EN ARAGÓN

    NUEVAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN EN ARAGÓN

    El Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón ha publicado las nuevas bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito de igualdad de trato y no discriminación (ORDEN CDS/1052/2023, de 3 de agosto).

    Finalizada la tercera convocatoria de subvenciones en el ámbito de igualdad de trato y no discriminación publicada el pasado 12 de abril, se ha considerado necesario establecer unas nuevas bases con objeto de facilitar la gestión de las subvenciones tanto para el órgano gestor, como para las potenciales entidades beneficiarias.

    Estas bases introducen algunas modificaciones que tratan de dotar de mayor seguridad jurídica y claridad en la regulación de algunos aspectos, así como adecuar su regulación a la evolución de las necesidades de las entidades beneficiarias y los proyectos objeto de financiación.

    Además, se establecen novedades en relación con los gastos subvencionables y con la posibilidad de reformulación de las solicitudes para ajustarlas a la cuantía de la subvención propuesta.

    Asimismo, los cambios afectan a los criterios de valoración que se clarifican y se clasifican para dotarlos de una mayor transparencia, del mismo modo que se clarifica la tipología de las entidades beneficiaras.

    La Orden entró en vigor el 15 de agosto, sustituyendo desde esta fecha para próximas convocatorias a la Orden CDS/362/2021, de 7 de abril.

    Pueden consultarse las bases completas desde el siguiente enlace:

    ORDEN CDS/1052/2023 (BOA 14-08-23)

  • MANUAL PARA FACILITAR LA INSERCIÓN LABORAL DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

    MANUAL PARA FACILITAR LA INSERCIÓN LABORAL DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

    El Instituto de las Mujeres ha publicado la 2ª edición del Manual para facilitar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género.

    Este manual ha sido elaborado en el marco de la red “Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género”, iniciativa mediante la cual el Instituto de las Mujeres, a través de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, suscribe protocolos de colaboración con empresas de ámbito nacional y en distintos sectores de actividad para fomentar la integración social y laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.

    La inserción sociolaboral de las mujeres víctimas de violencia de género desempeña un papel fundamental en el proceso de salida de la violencia. El acceso al empleo es la mejor forma para garantizar su autonomía económica y poder recuperar el control de sus propias vidas.

    El objetivo de este Manual es acercar a las personas responsables de selección y contratación de las empresas al proceso de inserción laboral de las mujeres víctimas de violencia machista, romper estereotipos y falsas creencias acerca de estas mujeres, así como asesorar y facilitar a las empresas su contratación.

    Las empresas que estén interesadas en colaborar en la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia machista encontrarán en este Manual un procedimiento exitoso a seguir y conocerán las experiencias y valoraciones de otras empresas que ya se han incorporado a muchas de estas mujeres a sus plantillas.

    ACCESO AL MANUAL

  • ESPAÑA SE ADHIERE AL FONDO MUNDIAL PARA LA IGUALDAD

    ESPAÑA SE ADHIERE AL FONDO MUNDIAL PARA LA IGUALDAD

    Los Gobiernos de España y Estados Unidos han suscrito una declaración conjunta sobre la adhesión de España como Socio donante al Fondo Mundial para la Igualdad, asociación público-privada administrada por los Estados Unidos que fomenta la libertad, la igualdad y la dignidad para todos.

    El Fondo Mundial para la Igualdad (GEF – Global Equality Fund), asociación público-privada administrada por los Estados Unidos, está basado en el compromiso compartido de sus socios de fomentar la libertad, la igualdad y la dignidad para todos.

    Con la incorporación de España, la alianza del GEF queda integrada por 18 gobiernos donantes y 10 donantes privados.

    A través del Fondo Mundial para la Igualdad, los gobiernos, las fundaciones y las empresas afines prestan apoyo a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan para fomentar la inclusión y el respeto de todas las personas, independientemente de su orientación sexual, identidad o expresión de género, o características sexuales.

  • DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA. CONVOCATORIA 2023

    DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA. CONVOCATORIA 2023

    El Instituto de las Mujeres ha publicado la convocatoria del distintivo “Igualdad en la Empresa” correspondiente al año 2023 (Orden IGD/703/2023, de 28 de junio).

    Se trata de un distintivo empresarial en materia de igualdad para aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

     

    ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL DISTINTIVO?

    Cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español. Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las administraciones públicas.

    Las empresas o entidades candidatas se diferenciarán en dos grupos en función de la obligatoriedad de elaborar y aplicar un plan de igualdad.

     

    REQUISITOS
    • Estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.
    • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
    • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
    • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
    • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 16 de noviembre.
    • Presentar una declaración de apoyo a la candidatura, firmada por la mayoría de la representación legal de las personas trabajadoras cuando exista en la entidad o empresa o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla.
    • Disponer de un procedimiento específico para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
    • Disponer del registro retributivo conforme a lo previsto en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores y los artículos 5 y 6 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

     

    PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

    Las candidaturas se presentarán a través de la sede electrónica del Ministerio de Igualdad.

    El acceso tanto a las instrucciones como a los modelos y procedimiento es el siguiente: https://igualdad.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/1565/ida/3727/ .

    También estarán disponibles en el sitio web del Instituto de las Mujeres http://www.igualdadenlaempresa.es/DIE/convocatorias/home.htm .

     

    PLAZO DE PRESENTACIÓN

    El plazo de finalización de presentación de candidaturas es el 31 de julio de 2023.

     

    VIGENCIA DEL DISTINTIVO

    De acuerdo con el RD 333/2023 por el que se modifica el RD 1615/2009 por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», la concesión del DIE tiene una vigencia inicial de cinco años con la posibilidad de solicitar una prórroga.

    Durante este periodo, podrán utilizar el distintivo como parte de su tráfico comercial y publicidad; además se integrarán en la Red DIE, dirigida a potenciar el intercambio de buenas prácticas y experiencias en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y su difusión a toda la sociedad.

    Descargar Orden IGD/703/2023

    Acceso a bases y anexos

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