Categoría: Noticias

  • ESCUELA DE IGUALDAD LABORAL CEPYME ARAGÓN

    ESCUELA DE IGUALDAD LABORAL CEPYME ARAGÓN

     

     

     

    ACCEDE A LA ESCUELA DE IGUALDAD LABORAL

    CEPYME Aragón con la financiación del Gobierno de Aragón ha elaborado desde 2018 diferentes acciones formativas en materia de igualdad.

    Este tipo de acciones formativas constituyen un importante elemento de apoyo para las empresas a la hora de abordar las obligaciones normativas en materia de igualdad que resulta muy bien valorado por la empresa.

    Las acciones formativas desarrolladas han tenido una gran aceptación entre las empresas, así en 2024  más de 300 personas han finalizado alguno de nuestros cursos de formación contando desde 2019 con más de 1200 personas inscritas en estas acciones formativas.

    Las empresas especialmente pymes necesitan apoyo y asesoramiento a la hora de implementar medidas y negociar los planes de igualdad en la empresa.

    Por ello durante 2024 se ha creado un espacio dentro de la web http://igualdad.cepymearagon.es/ denominado ESCUELA DE IGUALDAD LABORAL en el que se incluyen las acciones formativas desarrolladas hasta ahora.

    Las acciones formativas disponibles son:

    PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL EN EL ÁMBITO LABORAL. LEY ORGÁNICA 10/2022

    IGUALDAD LABORAL: FORMACIÓN INICIAL PARA PERSONAS TRABAJADORAS

    PLANES DE IGUALDAD: PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y REGISTRO

    PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE EL ACOSO SEXUAL O POR RAZÓN DE SEXO EN LA EMPRESA. PASOS PARA SU ELABORACIÓN 

    En breves se incluirá una nueva acción formativa de actualización titulada “Protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual, el acoso por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y la integridad moral en el ámbito laboral. Pasos para su elaboración. Actualización a la Ley Orgánica 10/2022” que viene a actualizar el curso sobre protocolo de acoso al panorama normativo actual tras la publicación de la Ley 10/2022

    Se trata de un espacio en el que de una manera más intuitiva y visual las personas que accedan a la web puedan tener a su disposición todas las acciones formativas y matricularse en aquellas que sean de su interés.

     

  • SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DIVERSIDAD EN EL ENTORNO SOCIAL Y EMPRESARIAL

    SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DIVERSIDAD EN EL ENTORNO SOCIAL Y EMPRESARIAL

    Se ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades sociales sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de promoción de la igualdad de trato y no discriminación en la Comunidad Autónoma de Aragón (ORDEN BSF/1135/2024, de 19 de septiembre, por la que se convocan subvenciones en el ámbito de la igualdad de trato y no discriminación para el fomento de la diversidad en el entorno social y empresarial en 2024 y 2025).

    REQUISITOS

    Podrán ser entidades beneficiarias todas aquellas entidades sociales sin ánimo de lucro en las que concurran los siguientes requisitos:

    • Estar legalmente constituidas al menos con un año de antelación a la fecha de la presente convocatoria y debidamente inscritas en el registro administrativo que le sea de aplicación.
    • Desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento del proyecto.
    • Tener entre sus objetivos, fines, o principios estatutarios el compromiso con la igualdad de trato, y la prevención de la discriminación por razón de alguna de las causas recogidas en el ordenamiento jurídico, exceptuando las relativas al género, por no ser del ámbito competencial de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades, o las que pudieran corresponder a otras líneas del Departamento de Bienestar Social y Familia dirigidas a juventud e inmigración.
    • No haber sido financiado ningún otro proyecto en la convocatoria de la ORDEN BSF/336/2024, de 21 de marzo, por la que se convocan subvenciones en el ámbito de igualdad de trato y no discriminación, 2024.

     

    LINEAS Y PROYECTOS SUBVENCIONABLES

    Los proyectos subvencionables previstos en esta convocatoria tienen por objeto el desarrollo de una política integral de promoción de la Igualdad de trato y no discriminación; dentro de esta línea podrán subvencionarse los siguientes:

    • Proyectos que incluyan acciones de sensibilización y formación en materia de igualdad de oportunidades para personas adultas y agentes de socialización (familia, asociaciones de padres y madres y entorno social).
    • Proyectos de sensibilización dirigido a niños, niñas y adolescentes en etapa escolar, para fomentar la igualdad de trato y no discriminación de personas con discapacidad.
    • Proyectos de ocio inclusivo dirigido a la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.
    • Proyectos de sensibilización para la igualdad de trato y no discriminación dirigidos a las empresas.

     

    PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO

    Cada entidad podrá presentar una solicitud con un único proyecto. En caso de presentar más de una solicitud solo tendrá validez la primera, atendiendo al registro de entrada.

    Este único proyecto no podrá superar los 40.000 €, pudiendo alcanzar la subvención el 100% del mismo.

    La solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Igualdad de Oportunidades, presentándose obligatoriamente por medios telemáticos a través del siguiente enlace:

    https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-en-el-ambito-de-la-igualdad-de-trato-y-no-discriminacion/fomento-de-la-diversidad-en-el-entorno-social-y-empresarial-ejercicio-2024-y-2025 (trámite10567).

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 21 de octubre de 2024.

     

    TEXTO COMPLETO DE LA CONVOCATORIA

    ORDEN BSF/1135/2024 (extracto de la convocatoria)

    ACCESO BASES REGULADORAS (Orden CDS/1052/2023)

     

     

     

  • RD 1026/2024 – DESARROLLO DE MEDIDAS PARA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE PERSONAS LGTBI EN LAS EMPRESAS

    RD 1026/2024 – DESARROLLO DE MEDIDAS PARA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE PERSONAS LGTBI EN LAS EMPRESAS

    Publicado el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.

    Este real decreto tiene por objeto el desarrollo reglamentario de la obligación empresarial de contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, establecida en el artículo 15.1 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

    La norma prioriza la negociación de las medidas mediante convenio colectivo. Así:

    • Empresas con convenio colectivo propio deben negociar estas medidas en el marco de la comisión negociadora, que deberá constituirse en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la norma (es decir, antes del 10 de enero de 2025).

    Transcurridos tres meses desde el inicio del procedimiento de negociación de las medidas planificadas, sin que se haya alcanzado un acuerdo sobre las mismas o en el supuesto de que el colectivo de aplicación no incluya las medidas planificadas, las empresas obligadas a negociar las medidas planificadas aplicarán el conjunto de medidas establecidas en el propio Real Decreto. Dichas medidas se continuarán aplicando hasta que entren en vigor las que posteriormente se puedan acordar mediante convenios colectivos o acuerdos de empresa.

    • En caso de aquellas empresas que se rigen por convenio colectivo sectorial este podrá establecer que las medidas se adapten a nivel empresarial.
    • En caso de ausencia de representación legal de la plantilla, la negociación con los sindicatos sólo se prevé cuando las empresas no cuenten con un convenio colectivo de aplicación en cuyo caso el plazo para la constitución de la comisión negociadora será de 6 meses. En este último caso el RD permite a la empresa aprobar unilateralmente las medidas en caso de que las organizaciones sindicales no respondan a la convocatoria de la empresa transcurridos 20 días (10 días iniciales, ampliables por otros 10 más).

     

    ÁMBITO DE APLICACIÓN
    • Empresas que cuenten con más de cincuenta personas trabajadoras en su plantilla.
    • La negociación de las medidas planificadas será voluntaria en las empresas de cincuenta o menos personas trabajadoras.
    • Las medidas planificadas de la empresa usuaria serán aplicables a las personas trabajadoras cedidas por empresas de trabajo temporal durante los períodos de prestación de servicios.
    • El protocolo se aplicará a las personas que trabajan en la empresa, independientemente del vínculo jurídico que las una a esta, siempre que desarrollen su actividad dentro del ámbito organizativo de la empresa. También se aplicará a quienes solicitan un puesto de trabajo, al personal de puesta a disposición, proveedores, clientes y visitas, entre otros.

     

    CONTENIDO DE LAS MEDIDAS PLANIFICADAS

    Según figura en su Anexo I, los contenidos mínimos que deben contener las medidas planificadas son:

    • Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación
    • Acceso al empleo
    • Clasificación y promoción profesional.
    • Formación, sensibilización y lenguaje.
    • Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
    • Permisos y beneficios sociales.
    • Régimen disciplinario.

     

    PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO Y LA VIOLENCIA CONTRA LAS PERSONAS LGTBI

    En su Anexo II se recoge la estructura y contenido del protocolo ante situaciones de acoso por orientación e identidad sexual y expresión de género; según el cual, se ajustará, como mínimo, a los siguientes apartados:

    1. Declaración de principios.
    2. Ámbito de aplicación.
    3. Principios rectores y garantías del procedimiento.
    4. Procedimiento de actuación.
    5. Resolución.

     

    ENTRADA EN VIGOR

    10/10/2024

    DESCARGAR RD 1026/2024

  • DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA. CONVOCATORIA 2024

    DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA. CONVOCATORIA 2024

    El Instituto de las Mujeres ha publicado la convocatoria del distintivo “Igualdad en la Empresa” correspondiente al año 2024 (Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre).

    Se trata de un distintivo empresarial en materia de igualdad que otorga el Ministerio de Igualdad desde el año 2010 a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

     

    ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL DISTINTIVO?

    Cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español. Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las administraciones públicas.

    El distintivo «Igualdad en la empresa» (DIE) es accesible para cualquier empresa de cualquier sector, actividad y tamaño.

    Alguno de los requisitos que deben cumplir las empresas o entidades candidatas son:

    Entidades o empresas obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad

    • Tener vigente y registrado un plan de igualdad, que incluya una auditoria retributiva, conforme a la normativa aplicable.
    • Haber realizado el correspondiente informe de seguimiento del plan de igualdad, durante un periodo mínimo de dos años.
    • Las sociedades que no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada y que cuenten con consejo de administración, deberán contar con una presencia mínima de mujeres en su consejo de administración del 30%.

    Entidades o empresas no obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad

    • Tener medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, o, en su caso, contar con un plan de igualdad voluntario.
    • Haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de dos años.

     

    PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

    Las empresas o entidades interesadas deben presentar su candidatura a través de la sede electrónica del Ministerio de Igualdad  https://igualdad.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/1985/ida/3727/.

    Los modelos normalizados de los anexos estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad, anteriormente citada, y en el sitio web del Instituto de las Mujeres http://www.igualdadenlaempresa.es/DIE/convocatorias/home.htm .

    También podrán ser facilitados por el Instituto de las Mujeres previa petición al correo electrónico distintivoie@inmujeres.es.

     

    PLAZO DE PRESENTACIÓN

    La fecha de finalización de presentación de candidaturas es el 14 de octubre de 2024.

     

    VIGENCIA DEL DISTINTIVO

    La concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” tiene una vigencia inicial de cinco años con la posibilidad de solicitar una prórroga del mismo.

    Durante este periodo las empresas o entidades podrán utilizar el distintivo como parte de su tráfico comercial y publicidad; además se integrarán en la Red DIE, dirigida a potenciar el intercambio de buenas prácticas y experiencias en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y su difusión a toda la sociedad.

     

    DESCARGAR CONVOCATORIA

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies