CANAL DE INFORMACIÓN SOBRE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN EL ÁMBITO LABORAL

EQUIPARACIÓN DEL PERMISO POR NACIMIENTO PARA AMBOS PROGENITORES

Desde el 1 de enero del año que acabamos de estrenar se iguala, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores, pudiendo disfrutar de 16 semanas de prestación.

Este logro ha sido consecuencia de un proceso para igualar ambos permisos de manera progresiva recogido en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Con la entrada en vigor de este RD, el anteriormente llamado permiso de paternidad pasaba de 5 a 8 semanas para el resto del ejercicio 2019, una duración que se incrementaba hasta las 12 semanas para 2020 hasta llegar a la equiparación a 16 semanas a partir de 2021.

 

 

Este periodo de prestación se podrá dividir de la siguiente manera:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción) para ambos progenitores. La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
  • Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción. Estos periodos podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o jornada parcial, previo acuerdo entre la persona trabajadora y la empresa. Su distribución deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días al disfrute del derecho. Se trata de un derecho individual de la persona trabajadora, sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.

Además, se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:

  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
  • Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

La entrada en vigor de estos permisos supone un importante avance en la igualdad y derechos de las personas trabajadoras, avanzando en la corresponsabilidad y en la reducción de brechas laborales.

DESCARGAR RD-LEY 6/2019

 

 

 

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